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Servicios Transitorios

¿Qué es una empresa de servicios transitorio? 
Una empresa de servicios transitorios (EST) es aquella que tiene como objeto social el suministro de trabajadores a una empresa usuaria para que realice una determinada labor, de carácter transitorio u ocasional.

¿En qué casos operan las empresas de servicios transitorios?

  1. Reemplazo de trabajadores (licencias médicas, descansos de maternidad o feriados).
  2. Realización de eventos extraordinarios (organización de congresos, ferias, exposiciones, etc.).
  3. Ejecución de proyectos nuevos y específicos (construcción de nuevas instalaciones, nuevos mercados).
  4. Inicio de nuevas actividades en empresas nuevas.
  5. Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad.
  6. Trabajos urgentes, precisos e impostergables (reparaciones, instalaciones).

¿Qué tipo de contrato se debe suscribir en el régimen de servicios transitorios?

  1. Contrato de puesta a disposición de trabajadores: se celebra entre una empresa de servicios transitorios (EST) y una empresa usuaria para suministrar trabajadores a esta última. Los requisitos de este contrato son:  
    – Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días. 
    – Individualizar a las partes.
    – Indicar la causal para contratar servicios transitorios. 
    – Indicar los puestos o cargos para los que se contrata. 
    – Indicar el plazo por el cual se contrata y el precio convenido.
  2. Una copia del contrato de trabajo de el/los trabajador(es) con la EST deberá ser enviada a la empresa usuaria donde se prestarán los servicios.
  3. Contrato de trabajo de servicios transitorios: se celebra entre el trabajador y una Empresa de Servicios Transitorios (EST). Los requisitos de este contrato son: 
    – Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días. 
    – Contener al menos las menciones del contrato individual de trabajo. 
    – Una copia del contrato de trabajo deberá ser enviada a la empresa usuaria donde el trabajador prestará servicios.
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