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Clima organizacional, Ley del Trabajo, Prevención de Riesgos, Teletrabajo

Desde que comenzó la pandemia por Covid-19 y luego de una aceleración forzada por parte de las empresas hacia el teletrabajo o el trabajo a distancia, se ha ido derribando un antiguo paradigma sobre la necesidad de tener a todos los colaboradores de forma física en oficinas de la compañía para tener un buen rendimiento y como método de control. Y es que muchas empresas han cambiando su percepción acerca del teletrabajo y del trabajo a distancia, planteando la opción de dejar de forma permanente en cierto grado este tipo de modalidad de trabajo una vez que finalice la pandemia. Son distintos los beneficios que han encontrado al adoptar estos mecanismos de trabajo, algunos de ellos se pueden medir en términos de costos, eficiencias, felicidad de colaboradores, entre otros.

Sin embargo, aún son muchas las dudas respecto a las nuevas exigencias en materia de salud y seguridad en el teletrabajo, obligaciones para los empleadores que, según pareciera, están trayendo más de un problema para las empresas. El corto plazo de anticipación para adoptar medidas y las altas exigencias parecieran ser los principales problemas para las empresas.

Es por esto que algunas mutuales de salud han realizado sus recomendaciones para facilitar el trabajo de los empleadores:

  1. Diagnóstico Inicial: analizar la nueva legislación del teletrabajo o trabajo a distancia y estudiar los ajustes requeridos en los reglamentos internos, contratos, entre otros.
  2. Capacidad Tecnológica: estudiar la disponibilidad de tecnología al interior de la organización para identificar qué cambios se deben realizar con el objetivo de poder hacer teletrabajo o trabajo a distancia.
  3. Análisis Organizacional: realizar un completo análisis de puestos de trabajos, funciones y métodos de evaluación para la transición hacia el teletrabajo o trabajo a distancia de forma completa o parcial.
  4. Categorizar los puestos de trabajo: agrupar a los trabajadores que realizarán teletrabajo en base a las actividades que desempeñan y analizar los riesgos propios de cada uno de estos grupos.
  5. Definir los Controles: definir los parámetros de control para los trabajadores agrupados en cada uno de los grupos identificados y generar los programas preventivos respectivos.
  6. Autoevaluación: realizar y enviar el instrumento de autoevaluación elaborado por la Superintendencia de Seguridad Social para medir las medidas adoptadas y tomar las correcciones necesarias.

En este sentido, existen mecanismos de ayuda para facilitar el proceso de transición hacia el teletrabajo, y así poder contar con condiciones sanas y seguras para el desempeño de las funciones a distancia. Todo lo anterior siempre acompañado de un permanente diálogo entre trabajadores y empleadores.

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Ley del Trabajo

Pago de vacaciones / Vacaciones anuales

La Ley del Trabajo estipula la concesión de vacaciones anuales a todos los trabajadores al término de un año de servicio. Los trabajadores tienen derecho a vacaciones anuales de quince (15) días laborales. Los trabajadores que prestan servicios en la XII Región de Magallanes y Antártica Chile, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tienen derecho a vacaciones anuales de veinte días hábiles. Las vacaciones anuales se otorgarán preferentemente en primavera o verano, teniendo en cuenta las necesidades de trabajo. La duración de una vacación anual aumenta en función de la antigüedad en el trabajo. Todo trabajador con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tiene derecho a un día adicional de vacaciones por cada tres años de servicio, y esta licencia extra se puede negociar de forma individual o por medio de la negociación colectiva.

Para efectos de vacaciones anuales, el sábado es considerado parte de las vacaciones anuales. El descanso tiene que ser continuo, pero si excede los diez días hábiles se puede dividir por mutuo acuerdo. Las vacaciones anuales no pueden reemplazarse con una compensación. Si el contrato de trabajo expira antes de que un trabajador pueda adquirir el derecho a vacaciones anuales, la compensación por la licencia se hace en proporción a la cantidad de meses y el número de horas trabajadas en una semana. Las vacaciones anuales podrán ser acumuladas y pueden ser disfrutadas de forma continua hasta por dos períodos consecutivos. Si bien está permitido dividir las vacaciones anuales, al menos un período no deberá ser inferior a 10 días hábiles. Durante las vacaciones anuales, los trabajadores con remuneración fija recibirán su salario íntegro. Los trabajadores con remuneración variable reciben un promedio de las ganancias en los últimos tres meses trabajados. Si a los trabajadores se les paga con sueldo y estipendios variables, el beneficio de vacaciones anuales consiste en la suma de aquél y el promedio de las restantes.


Pago de días festivos

Los días feriados son días de descanso pagados, y en general se les aplican las mismas reglas que a los días de descanso semanal. Estos son tanto religiosos (de origen cristiano) como conmemorativos o relativos a la naturaleza. Los días feriados en Chile suelen ser 15 en número. Los Feriados Nacionales en Chile son 1 de enero (Año Nuevo), 22 y 23 de abril (Viernes Santo, Sábado Santo), 1 de mayo (Día del Trabajo), 21 de mayo (Día de la Marina), 29 de junio (San Pedro y San Pablo Día de fiesta), 16 de julio (Día de la Virgen de Carmen), 15 de agosto (Día de la Asunción), 18 de septiembre (Día de la Independencia), 19 de septiembre (Día del Ejército), 12 de octubre (Día del Descubrimiento de los Mundos), 31 de octubre (Día de la Reforma), 1 de noviembre . (Día de Todos los Santos), 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción), 25 de diciembre (Navidad) y el día de elaboración del censo oficial.

 

Día de descanso semanal

El domingo (un día) es considerado el día de descanso semanal, el cual comienza a las 21:00 del sábado y termina a las 6:00 del lunes. Los casos de fuerza mayor y los trabajadores empleados en las siguientes actividades no están cubiertos por las disposiciones relativas al descanso semanal: 1.Reparaciones de fuerza mayor siempre que la reparación no pueda posponerse; 2.Trabajo en explotaciones que, debido a la naturaleza de los procesos, las razones técnicas, o para evitar perjuicios contra el interés público o la industria , requieren continuidad; 3.Trabajo que, debido a su naturaleza, no se puede llevar a cabo salvo en esa temporada o durante períodos específicos; 4.Trabajos que no pueden ser pospuestos en el interés de la empresa; 5.En buques; 6.En trabajo portuario; 7.En tiendas y servicios que trabajan directamente con el público; 8. los atletas Profesionales.

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